Todos conocemos los resaltos de reducción de velocidad, y los últimos días han sido protagonistas en Campo y Santibañez por dos motivos. La reparación de los ya instalados, y la instalación de uno nuevo. Aunque haya diferentes tipos y podamos referirnos a ellos de diferentes maneras: reductores de velocidad, bandas transversales, badenes (mal llamados así, pero al final se ha terminado aceptando), pasos de peatones elevados. Su finalidad es que los conductores de los vehículos se vean obligados a reducir la velocidad, para evitar, o al menos reducir, la sacudida y molestia de pasar por encima, y de esta manera intentar reducir los riesgos asociados a un exceso de velocidad en determinadas zonas. No es cuestión de dirimir ahora cuánto de peligrosa es o no es la velocidad en términos generales (daría para otro artículo bien extenso), pero sí es cierto que en algunas zonas delicadas, una velocidad inadecuada puede derivar en una situación de graves consecuencias. Pensemos por ejemplo en zonas residenciales, junto a parques, colegios, o centros para mayores. La mayoría de los conductores respetarán ese límite de velocidad, a sabiendas de que si van más rápido, y sale corriendo un niño despistado, a esa velocidad tienen tiempo a reaccionar, frenar y detener por completo el vehículo, sin llegar a atropellar al niño, incluso cuando este hubiera cruzado indebidamente. Y si no se pudiese evitar, al menos que la velocidad del atropello fuera tan baja que las lesiones fueran mínimas. Sin embargo, hay una pequeña fracción de los conductores que no lo van a respetar, por los motivos que sean: un distracción, desplazarse con prisas o con nerviosismo, o en el peor de los casos, porque esos conductores muestran defecto de sentido común y responsabilidad, y no son capaces de ver el peligro de una velocidad inadecuada o porque creen que son mejor conductor que ningún otro y que nunca les pasará. Es por esta minoría, por fallar la educación vial fundamental, que las administraciones tienen que tomar medidas tajantes para el control de la velocidad como los resaltos de reducción de velocidad, que al final deben sufrir todos los conductores, pagando justos por pecadores. Los resaltos de reducción de velocidad tienen su norma En España en el año 2008 se publicó una Instrucción Técnica para la instalación de estos dispositivos que especifica qué tipos hay, dónde se pueden colocar y dónde no, qué geometría y dimensiones deben tener, y cómo se han de construir y señalizar. Es la recogida en la Orden FOM 3053/2008. Esta instrucción tiene una limitación: solo es de obligado cumplimiento en la red de carreteras del Estado, pero no en las carreteras autonómicas ni en las calles de las ciudades (salvo que sea una travesía). Aun así es muy recomendable su aplicación, pues el contenido de esta instrucción es por consenso técnico razonable para tener reductores de velocidad equilibrados que cumplan la función que se pretende y que a la vez no sean contraproducentes. Técnicamente se considera que hay dos tipos de reductores de velocidad: los de sección transversal trapezoidal, o pasos de peatones elevados, y los de sección transversal circular, o de lomo de asno. Los primeros admiten un subtipo denominado combinado o almohada, cuando llegan de acera a acera, cubriendo todo el ancho de la calzada. A su vez, tanto unos como otros, pueden ser ejecutados in situ o prefabricados. Para los tramos cuya velocidad máxima esté comprendida entre 30 y 50 km/h se especifican las siguientes medidas Resaltos reductores de velocidad del tipo paso de peatones elevado: este tipo es más habitual que se construya en el mismo lugar (in situ), con hormigón o asfalto. Deben tener una altura de 10 cm (más, menos 1 cm). La longitud del tramo elevado horizontal debe ser de 4 m (más, menos 20 cm). Solo en casos excepcionales se admite un mínimo de 2,5 m. La longitud de la rampa de entrada y de la rampa de salida dede ser de 1 m para 30 km/h, 1,5 m para 40 km/h y 2,5 m para 50 km/h. El escalón en el borde de entrada debe ser inferior a medio centímetro. Resaltos reductores de velocidad del tipo lomo de asno: de tipo prefabricado. Para una velocidad de 50 km/h: longitud de 60 cm como mínimo y altura de 3 cm como máximo. De manera excepcional, en caso de obras o recintos interiores con una velocidad inferior a 50 km/h: longitud de 60 y 120 cm como mínimo y altura entre 5 y 7 cm. Por último, todos los resaltos para reducción de velocidad deben contar con señalización horizontal, con marcas viales de color blanco, de pintura no deslizante si es un paso de peatones elevado y con triángulos en las rampas, señalización vertical e iluminación nocturna (puede ser mediante el refuerzo de la iluminación de la calle en esa zona), para garantizar su visibilidad, localización, y poder ver claramente la presencia de peatones en su caso.